jueves, 11 de agosto de 2016

Turquía y la libertad de expresión en la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos

Desde la creación del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en 1959 hasta 2015, se han juzgado más de 18.500 casos. Casi la mitad de ellos se concentran en cinco países, de los cuales Turquía lidera el ranking con 3.182 (17,13%) de los casos.Por ponerlo en perspectiva, España se encuentra a gran distancia con "solamente" 135. Yendo al detalle del caso turco, 258 de los casos corresponden a violaciones del artículo 10 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (Libertad de expresión), aproximadamente un 40% del total para este artículo. Solo en el año 2015, de los 28 casos abiertos en relación a la libertad de expresión ante el TEDH, 10 correspondían a Turquía (Public Relations Unit 2016). Unos porcentajes llamativos y preocupantes si tenemos en cuenta las importantes relaciones que mantiene con la Unión Europea, su peso demográfico y su papel de potencia regional. 

Realizar comentarios críticos contra el gobierno o las instituciones del Estado (Bulut 2016) ha sido desde hace años problemático, dada la vaguedad con que está redactado el artículo 301 del Código Penal turco, que reza:

"1. Aquel que denigre públicamente la Nación Turca, el Estado de la República Turca o la Gran Asamblea de Turquía y las instituciones judiciales del Estado, serán condenados a penas de prisión de 6 meses a 2 años.
2. Aquel que denigre públicamente las organizaciones militares y policiales del Estado, recibirá la misma pena.
3. Las expresiones del pensamiento dirigidas a criticar no constituirán un crimen.
4. La acusación bajo este artículo requerirá de la aprobación del Ministro de Justicia."

Ese denigrar puede significar virtualmente cualquier cosa y debemos considerar también que esta es la versión revisada de 2008. La original de 2004 incluía la fórmula "lo turco", que ha sido reemplazado por "Nación Turca" y el término "República", reemplazado por "el Estado de la República de Turquía" . Cambios a todas luces insuficientes para lograr una mínima seguridad jurídica y evitar el abuso.

Con anterioridad a la asonada golpista del 15 de julio, la lucha de Erdogan contra cualquier crítica y particularmente contra el Movimiento Gülen (también conocido como Hizmet), de carácter religioso, liderado por el erudito islámico y predicador Fethullah Gülen, autoexiliado en Estados Unidos desde hace años, alcanzaba ya dimensiones alarmantes. Esta Movimiento cuenta en Turquía (o contaba, vista la cantidad de escuelas, academias preparatorias y universidades ligadas al mismo que han sido cerradas) con una gran importancia en el ámbito educativo y se ha expandido por todo el mundo. En principio, fue aliado del gobierno de Erdogan, pero cuando las buenas relaciones se rompierony comenzaron a surgir a finales de 2013 pruebas sobre casos de corrupción presumiblemente filtrados por miembros del Movimiento, que afectaban al partido gobernante, cayó inmediatamente en desgracia.

La reacción de Erdogan podría encasillarse perfectamente dentro de la categoría de discurso del odio proscrito por el TEDH por las razones que iremos perfilando más adelante. Muy sumariamente, Erdogan ha descrito al Movimiento Gülen como "pervertidos", "Hashashins" (haciendo referencia a la antigua secta de los Hashashin, de donde se deriva la palabra "asesino"), "traidores", "espías", "peor que los chiitas", "sanguijuelas" y "organización terrorista". Además, ha descrito el movimiento como un "Estado paralelo" y le acusado de intentar chantajearle. Incluso ha intentado negarle su carácter religioso para convertirlo en algo puramente político. Pero no sólo eso, además ha animado a otros a seguir su ejemplo e incluso ha llamado a un boicot en su contra y añadido que usaría los resortes del Estado para discriminar dicho movimiento. (Rethink 2014: 5-19). 

El golpe de estado le está sirviendo para realizar una purga de una magnitud nunca vista hasta hoy en Turquía, usando sin tapujos la maquinaria estatal y el poder judicial, que dista mucho de poder ser descrito como independiente. Toda la legitimidad democrática que pudiera haber obtenido por haber sufrido un golpe de  estado, ha desaparecido. Sólo queda una honda preocupación entre la población turca no partidaria de Erdogan, de ser acusados de gülenistas y sometidos a un proceso de depuración sin las debidas garantías judiciales ni el respeto al derecho del acusado a un juicio justo. Es una nueva caza de brujas que nos hace retroceder a los años 50 y los peores momentos del macarthismo.

Para examinar si las afirmaciones de Erdogan pueden constituir discurso del odio, según los estándares del TEDH, debemos atender a su propósito, contenido, contexto, y el estatus, tanto de la persona que lo lleva cabo como de sus destinatarios. (Rethink 2014: 21-28)

En relación al propósito, dados los epítetos lanzados contra el Movimiento, tanto a nivel colectivo como de seguidores individuales, sería difícilmente defendible que Erdogan pretendiera afirmar su intención de iniciar o proseguir un debate político público sobre un tema de interés público.

En lo que concierne al contenido del discurso, queda fuera de toda duda que este puede ser ofensivo, chocar o molestar, lo que no puede es incitar a la intolerancia o la discriminación de grupos específicos de la población o realizar acusaciones fácticas (ser una "organización terrorista" o "tener conexiones oscuras en el exterior") sin aportar pruebas (Pavel Ivanov v. Russia, 2007).

El contexto es importante en este caso, pues Erdogan no es un ciudadano cualquiera, sino que lleva desde 2002 ocupando los máximos cargos representativos de Turquía. Su estatus es el de una persona con una popularidad e influencia muy grande dentro y fuera del país y, aunque es verdad que para el TEDH no importa la cantidad de gente que reciba el discurso (Witzsch v. Germany), sería ingenuo pensar que un discurso que llega a tanta gente por parte de una figura tan eminente no tenga efecto alguno. De hecho, entre las consecuencias pueden contarse ataques a profesores de escuelas gülenistas o manifestaciones violentas frente a medios de comunicación cercanos al Movimiento, cuando no directamente su cierre o incautación, como el caso del diario Zaman, por parte del gobierno (Siddiqi 2016). Con todo, a diferencia de la exigencia del peligro claro e inminente de la jurisprudencia norteamericana, el TEDH no requiere siquiera que se produzca violencia como consecuencia de las manifestaciones del discurso del odio. (Féret v. Belgium; Le Pen v. France; Pavel Ivanov v. Russia), con lo que, aplicando este criterio, las palabras de Erdogan seguirían constituyendo un discurso del odio. Por otro lado, poco importa el perfil político o religioso del movimiento gülenista, pues lo que cuenta es que se trata de un grupo concreto y tangible que es objeto directo de este tipo de discurso.
  
  
Bibliografía
Bulut, U. 2016, 17/05/2016-last update, Turkey: Normalizing hate speech. World champion violator of Right to Freedom of Speech [Homepage of Gate Stone Institute. International Policy Council], [Online]. Available: http://www.gatestoneinstitute.org/7461/turkey-normalizing-hate [2016, 05/17].
Public Relations Unit 2016, The European Court of Human Rights in Facts & Figures 2015, European Court of Human Rights.
Rethink 2014, Hate speech and beyond: targeting the Gülen Movement in Turkey, Rethink Institute, Washington D.C.
Siddiqi, K. 2016, Following in their footsteps, 17/05/2016, The Express Tribune, Paquistán.

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